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Publicado en el semanario “El Fueguino”, Ushuaia, 15 de mayo de 1987
Por Alfredo Bruno Bologna
Si bien la cuestión Malvinas había sido tratada en el ámbito
interamericano, el tema toma una dimensión internacional cuando entra en
el temario de Naciones Unidas y este hecho tiene repercusiones en las
relaciones bilaterales.
Como fruto de una activa gestión del canciller argentino, Dr. Miguel
Ángel Zavala Ortiz, el gobierno radical inicia una agresiva política en
la cuestión Malvinas que trae como consecuencia la aprobación de la
resolución 2065 del 16 de diciembre de 1965 con el voto favorable de 89
Estados miembros, que representaba el 87% de los mismos.
Esta resolución representó un éxito diplomático argentino por las siguientes razones 1.
Expresaba “la existencia de una disputa de soberanía sobre dichas
islas”. Por tanto las Naciones Unidas descartaban implícitamente la
autodeterminación de la población y aceptaba el criterio argentino,
avalado por la resolución 1514 (1960) de la integridad territorial; 2. Se deja de lado el argumento expresado por el delegado británico de la prescripción adquisitiva; 3.
Se expresa que se deben realizar negociaciones a fin de solucionar el
problema teniendo en cuenta “los intereses de la población de las islas”
y no se mencionan los deseos de los habitantes como pretendía el Reino
Unido; 4. Se establece la incumbencia de las Naciones Unidas en el caso como una cuestión colonial.
La resolución mencionada tuvo repercusión en el ámbito bilateral y las
partes en conflicto comenzaron un periodo de cooperación que se tradujo
en la Declaración de Buenos Aires del 1º de julio de 1971 y establece
vínculos de comunicación entre las Islas Malvinas y la Argentina.
Las Naciones Unidas reconocen el esfuerzo realizado por Argentina para
mejorar la situación de los habitantes de las islas. En esta ocasión se
aprueba la resolución 3160 del 14 de diciembre de 1973 con la mayor
cantidad de adhesiones, 116, que representa casi el 90% de los miembros
de las Naciones Unidas.
Durante el gobierno peronista también se entra en un periodo de conflicto fundamentalmente
por el envío de una misión británica a las Islas Malvinas y la
presencia del buque de investigación Shackleton. Se produce el retiro de
embajadores en las dos capitales y un destructor argentino efectuó
disparos de advertencia a la proa del navío inglés.
Esta situación se refleja en la resolución 31/49 del 1º de diciembre de
1976 por la cual se solicita a las partes “se abstengan de adoptar
decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales”.
El Reino Unido vota por primera vez en contra y arrastra también en la
votación a otros países, 32 abstenciones. Los votos a favor fueron 135
que representaba el 75% de los miembros de las Naciones Unidas.
Durante el último gobierno militar se entra en una etapa de
negociación, luego de la visita que realizara a nuestro país y a las
Islas Malvinas, el Secretado de Estado de Foreign and Commonwealth
Office, Edward Rowland, en febrero de 1977. Se firma al concluir la
visita una Declaración en Buenos Aires en la que se expresa que “el
objeto de las reuniones fue la de considerar todos los aspectos del
futuro de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y las Sandwich del Sur, y
la cooperación económica argentino-británica en el área del Atlántico
Suroccidental”.
En esta etapa, comienza una serie de rondas de negociaciones y a partir
de Nueva York, 1977, se crean dos grupos de trabajos, uno sobre
soberanía y otro sobre cooperación económica. Las reuniones continuaron
hasta el 28 de febrero de 1982 en Nueva York.
Durante este período se puede observar la existencia de propuestas de solución por parte de los dos países.
El Reino Unido a través del Ministro de Estado parta Asuntos
Extranjeros, Nicholas Ridley, y en la visita que realizara a las Islas
Malvinas el 23 de noviembre de 1980 propuso a los isleños tres
alternativas: 1. Administración conjunta (Argentina-Reino
Unido); 2. Congelar la situación, y 3. Soberanía simbólica
(arrendamiento de Argentina al Reino Unido).
Por parte de Argentina se debe señalar: a) Intentos privados de la compra de la empresa
Falkland Islands Company a través de la empresa argentina Árbol Solo
S.A. y sin resultados positivos por la negativa británica de autorizar
la venta; b) Recientemente se conoció un programa secreto propuesto por
Argentina en la reunión de Lima entre los dos países en febrero de 1978.
El plan impulsado por el gobierno militar incluía la de una empresa
mixta para la explotación conjunta de hidrocarburos en la región. (1)
Durante la última fase del gobierno militar se recuperó el
territorio de las Islas Malvinas y Georgias del Sur, el 2 de abril de
1982 y Gran Bretaña logró la rendición de las fuerzas argentinas el 14
de junio del mismo año con un saldo de cerca de mil muertos.
Luego de la guerra, la cuestión entra nuevamente en la agenda de la
Asamblea General de las Naciones Unidas y la propuesta argentina logra 90 votos a favor, que
representa el porcentaje más bajo de su historia con el 58% de los
miembros. En esta resolución 37/9 de 1982 se observan diferencias en
relación a las anteriores: el proyecto de resolución es presentado, no
solo por Argentina sino por 20 países latinoamericanos; se elimina en
los considerandos los apoyos logrados en las reuniones de No Alineados
de apoyo a la soberanía argentina en Malvinas y se encomienda una misión de buenos
oficios al Secretario General de las Naciones Unidas.
Se desea destacar el voto favorable, por primera vez, de Estados
Unidos, que deseaba recomponer las relaciones con los países
latinoamericanos luego de su apoyo al Reino Unido.
La resolución 38/12 del 16 de noviembre de 1983 no difiere de la anterior, salvo tres votos menos.
Con el gobierno democrático, el tema vuelve a tratarse en 1984. La
votación de ese año no representa grandes modificaciones, salvo dos
votos a favor más. El Presidente de la Nación Dr. Raúl Alfonsín, asiste a
la Asamblea General de las Naciones Unidas y refuerza la posición
argentina en ese organismo el 24 de setiembre de 1984.
Sin embargo podemos observar un cambio de sustancia en la resolución.
Ya no se expresa en la misma de que el “mantenimiento de situaciones
coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones
Unidas”. Esta segunda supresión, además del apoyo de No Alineados, nos
parece de lo más inadecuada pues se aleja de la cuestión Malvinas el
encuadre jurídico de permanencia de una situación colonial. Será difícil
establecer ahora qué disputa existe entre los dos países sobre
soberanía sin otro encuadre jurídico.
Debe suponerse que la eliminación tenía como objetivo lograr mayor
adhesión de votos de países que han tenido tradición colonial. Sin
embargo ese objetivo no se logró. El Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, Lic. Dante Caputo, manifestaba que el voto de la Comunidad
Económica Europea era insólito. (2)
En 1985 se fijan nuevas estrategias para la cuestión Malvinas en
Naciones Unidas: a) El proyecto de resolución ya no es copatrocinado por
países de América Latina, sino por Argelia, Brasil, Ghana, India,
México, Uruguay y Yugoslavia, y b) Se realiza una tercera modificación
en la resolución. Se elimina “disputa de soberanía” y en su lugar se
expresa: “solucionar los problemas pendientes, incluyendo todos los
aspectos sobre el futuro de las Islas Malvinas”.
Estas modificaciones traen como consecuencia un mayor número de votos
en 1985, 107 y en 1986, 116. A pesar de lograr la misma cantidad de
votos que en 1973, 116, el porcentaje con relación a los miembros de
Naciones Unidas es ahora de 75%.
Un análisis crítico nos lleva a extraer las siguientes conclusiones:
a) La eliminación de la cuestión colonial nos priva
del encuadre jurídico de resoluciones que condenan el sistema colonial
como crimen (Res. 2621), amenaza para la paz y seguridad internacionales
(Res. 2908), retiro de bases e instalaciones militares en territorios
coloniales (Res. 37/35).
b) La supresión de la palabra “soberanía” aleja la cuestión de los fundamentos jurídicos más limpios que presenta Argentina.
c) Las eliminaciones traen como consecuencia votos limitados:
el representante de Francia expresa que vota favorablemente pero
manifiesta “el derecho de los pueblos a disponer por sí mismos”.
Las modificaciones realizadas en las tres últimas resoluciones
conllevan consecuencias jurídicas que no se justifican en la mayor
cantidad de votos en la Asamblea General.
El delegado de los Países Bajos expresa: “respecto a las cuestiones de
soberanía, mi gobierno cree firmemente que todo arreglo futuro debe
respetar el derecho de la libre determinación de los habitantes de las
islas”.
Se consiguen votos pero los mismos admiten la autodeterminación y no la
integridad territorial establecida también como medio de solución en
cuestiones coloniales en la res. 1514 de 1960.
¿Debemos reforzar las resoluciones de Naciones Unidas con el encuadre
jurídico anterior? Tal vez la organización internacional no dé solución
al conflicto pero refuerza el aspecto jurídico y político para el
planteo de cualquier relación bilateral o multilateral futura.
La estrategia de conseguir votos, eliminando aspectos sustanciales de
las anteriores resoluciones, puede llevar, en el futuro, a conseguir el
voto favorable incluso del Reino Unido.
(1) Sobre el tema se puede ver Osiris Troiani, Malvinas Uno y Un Programa Secreto. Diario “Clarín”. 31/01/85, pág. 15.
(2) Caputo calificó de insólito el voto de la CEE. Diario “La Capital”, 4 de noviembre de 1984.
http://www.cerir.com.ar/libro.php?id=0000292
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